En el día de ayer se sancionó la ley 2157 de 2021, conocida como ley de borrón y cuenta nueva, que trae consigo nuevas medidas en lo concerniente a la información financiera, comercial, crediticia tales como:
1. El término de permanencia del reporte negativo será el doble de tiempo que se estuvo en mora y por un plazo máximo de 4 años contados a partir del pago de las cuotas vencidas o la extinción de la obligación.
2. Para las obligaciones inferiores al 15% de 1 SMMLV, el dato de estas obligaciones en mora solo se dará después de haber emitido por parte de la entidad dos comunicaciones al deudor y que estás tengan por lo menos 20 días de diferencia.
3. La revisión de la información financiera por parte del titular o usuario no será motivo de disminución en la calificación de riesgo ( Score)
4. Las personas que hayan sido objeto de suplantación, deberán presentar solicitud de retiro de la información negativa con las respectivas pruebas, cuya petición la entidad tendrá el término de 15 días hábiles para realizar los ajustes correspondientes.
5. Se establece un régimen de transición, para aquellas personas que paguen las obligaciones dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de esta ley, la permanencia del reporte negativo será de un término de 6 meses
Ver ley 2157
LEY 2157 DEL 29 DE OCTUBRE DE 2021
Herbert julio arroyo
- Especialista en Gerencia de impuestos