El Gobierno Nacional, con el fin de generar mayores alivios a los empleadores, y mejorar los flujos de caja de la compañías en medio de esta crisis por la pandemia del COVID-19, expidió este miércoles el decreto 770 de 2020 con el que busca que trabajadores y empleadores acuerden que el pago de la prima de mitad de año se pueda realizar en tres momentos.
Así quedo establecido en el articulo 6 del presente decreto » Acuerdo para el pago de la prima. De común acuerdo con el trabajador, el empleador podrá trasladar el primer pago de la prima de servicios, máximo hasta el veinte (20) de diciembre de 2020. Los empleadores y trabajadores podrán concertar la forma de pago hasta en tres (3) pagos, los cuales en todo caso deberán efectuarse a más tardar el veinte (20) de diciembre de 2020. «
Asi mismo la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPG), dentro de las labores de fiscalización que adelante durante los tres años siguientes a la finalización del Programa, podrá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el decreto.
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